Argentina está atravesando una coyuntura económica que origina que muchos inversores analicen la posibilidad de instalar o expandir sus emprendimientos o proyectos a Uruguay, donde la estabilidad política y económica les asegura un mejor horizonte de desarrollo.
En el país vecino se han tomado, incluso, medidas que buscan favorecer la radicación de empresas. No cabe duda que, si bien no se hace referencia directa a inversiones argentinas, la cercanía geográfica, la paridad cultural y los sistemas jurídicos similares hacen que la Argentina sea un destinatario privilegiado de esas medidas.
Ciertamente, el fideicomiso es una opción interesante para considerar al momento de instalar o expandir una empresa en nuestro país vecino. Venimos analizando desde distintos ángulos los beneficios del fideicomiso como plataforma para el desarrollo de los negocios en general. Ventajas que están dadas básicamente por la agilidad y flexibilidad de ese instrumento. En Uruguay, la ley 17.703, promulgada en 2003, regula el instituto del fideicomiso.
Un análisis pormenorizado de la misma nos permite apreciar que el sistema incorporado es prácticamente el mismo que el sistema que rige en nuestro país, lo cual evidentemente opera como una ventaja al momento de su implementación.
Dentro de las particularidades del fideicomiso uruguayo podemos citar las siguientes: el fideicomiso puede constituirse en Uruguay o en Argentina (en éste último caso debe legalizarse, protocolizarse e inscribirse en Uruguay) y las sociedades argentinas que sean fiduciantes (fideicomitentes según el sistema uruguayo) no necesitan constituirse como sucursales en Uruguay.
En cuando a las características comunes entre ambos países podemos citar: blindaje patrimonial (esto asegura que el patrimonio fideicomitido sólo podrá ser agredido por los acreedores del fideicomiso y los patrimonios personales de los fiduciantes y del fiduciario sólo podrán ser atacados por los acreedores personales de los mismos); el rol de fiduciario puede ser ejercido tanto por una persona física como jurídica; el contrato puede ser instrumentado por documento privado o por escritura pública.
De lo antedicho surge que con un solo contrato de fideicomiso celebrado en Argentina puede expandirse la operatoria del negocio a Uruguay inscribiéndolo en dicho país.
Los inversores y empresarios argentinos tienen, entonces, en sus manos, otra forma de planificar sus inversiones y negocios, operativamente recurriendo a un estudio argentino que los asesore en el diseño y celebración del contrato en nuestro país y que asimismo se ocupe de su inscripción en el Uruguay.